Por la presente pido.

Las mujeres y la fuerza de voluntad

Lea Fletcher 

Aunque separadas temporalmente por casi tres siglos, estas cartas -las primeras escritas por mujeres en el Virreinato del Río de la Plata – comparten características notables: la fuerza de voluntad de las autoras y su convencimiento del valor de su propia toma de decisión, amén de la transgresión, pues no tienen destinatarios en el ámbito privado (es decir, no son cartas personales o familiares), sino en el ámbito público del más alto rango: las autoridades de España y la Argentina de aquellos tiempos. Además, son cartas de reclamo por lo que consideran justo y merecido para sí.

Ambos textos presentan su caso en un tono que demuestra una suerte de «lógica inapelable» en cuanto al razonamiento para obtener lo que desean. El objeto de su deseo demuestra otro atrevimiento: la primera pide dinero y la segunda, derecho de decisión.

Doña Isabel de Guevara, autora de la primera carta, describe los actos imprescindibles realizados por las mujeres durante la expedición de Pedro de Mendoza y pide a la princesa Juana, quien era la gobernadora de Castilla y los reinos de ultramar en aquella época, una recompensa por sus servicios en esa hazaña. En la segunda, una joven de 18 años -Mariquita Sánchez- solicita un juicio de disenso para vencer la negativa de su padre y madre y poder casarse con el hombre de su propia elección.


Fragmento de la carta de doña Isabel de Guevara a la princesa Juana, hija de Carlos V. Lleva como fecha julio 2, 1556.

Muy alta y muy poderosa señora: 
A esta probinçia del Río de la Plata , con el primer gouernador della, don Pedro de Mendoça, avernos venido çiertas mugeres, entre las cuales querido mi Ventura que fuese yo la vna, y como la armada llegase al puerto de Buenos Aires, con mili e quinientos hombres, y les faltase el bastimiento, fué tamaña la hambre, que, a cabo de tres meses, murieran los mill, esta hambre fué tamaña, que ni la de Xerusalen se le puede ygualar, ni con otra nenguna se puede comparar. Vinieron los hombres con tanta flaqueza, que todos los travajos cargavan de las pobres mugeres, ansi en lavarles las ropas, como en curarles, hazerles de comer lo poco que tenían, alimpiarlos, hazer sentinela, rondar los fuegos, armar las vallestas, quando algunas vezes los yndios les venian a dar guerra, hasta cometer á poner fuego en los versos, y á levantar los soldados, los questavan para helio, dar arma por el campo á bozes, sargenteando y poniendo en orden los soldados; porque en este tiempo, como las mugeres nos sustentamos con poca comida, no aviamos caydo en tanta flaqueza como los hombres. Bien creerá V.A. que fué tanta la soliçitud que tuvieron, que, si no fuera por ellas, todos fueran acabados; y si no fuera por la honrra de los hombres, muchas más cosas escriviera con verdad y los diera a helIos por testigos. Esta relación bien creo que la escrivirán a V.A., más largamente, y por eso ceçaré. [.] E querido escrevir esto y traer a la memoria de V.A., para hazerle saber la yngratitud que conmigo se a vsado en esta tierra, porque al presente se repartió por la mayor parte de los que ay en ella, ansi de los antiguos como de los modernos, sin que de mi y mis trabajos se tuviese nenguna memoria, y me dexaron de fuera, sin me dar yndio ni nengun genero de serviçio. Mucho me quisiera hallar libre, para me yr a presentar delante de V.A., con los servicios que a SM. e hecho y los agravios que agora se me hazen; mas no está en mi mano, por quetoy casada con vn cauallero de Sevilla, que se llama Pedro d’Esquiuel, que, por servir a S.M., a sido cabsa que mis trabajos quedasen tanoluidados y se me renovasen de nuevo, porque tres vezes le saqué el cuchillo de la garganta como allá V.A. sabrá. A que suplico mande me sea dado mi repartimiento perpétuo, y en gratificaçion a mis serviçios mande que sea proveydo mi marido de algun cargo, conforme a la calidad de su persona [.].


Carta de Mariquita Sánchez al marqués don Rafael de Sobremonte, Virrey. Está fechada 10 de julio de 1804.

Excelentísimo Señor: 
Ya llegado el caso de haber apurado todos los medios de dulzura que el amor y la moderación me han sugerido por espacio de tres largos años para que mi madre, cuando no su aprobación, cuanto menos su consentimiento me concediese para la realización de mis honestos como justos deseos; pero todos han sido infructuosos, pues cada día está más inflexible. Así, me es preciso defender mis derechos o Vuestra Excelencia mándeme llamar a su presencia pero sin ser acompañada de la de mi madre para dar mi ultima resolución, o siendo ésta la de casarme con mi primo, porque mi amor, mi salvación y mi reputación así lo desean y exigen, me mandará V.E. depositar por un sujeto de carácter para que quede en más libertad y mi primo pueda dar todos los pasos competentes para el efecto. Nuestra causa es demasiado justa, según comprendo para que Vuestra Excelencia nos dispense justicia, protección y favor. 
No se atenderá a cuanto pueda yo decir en el acto del depósito pues las lagrimas de madre quizá me hagan decir no sólo que no quiero salir, pero que ni quiero casarme. Así, se me sacará depósito aun cuando llegue a decir uno y otro. 
Por último, prevengo a V.E. que a ningún papel mío que no vaya por manos de mi primo dé V.E. asenso ni crédito, porque quién sabe lo que pueden hacer que haga. 
Por ser ésta mi voluntad, la firmo en Buenos Aires, a 10 de julio de 1804.

Publicado en Primer plano , suplemento de cultura del diario Página/12 , el 8 de noviembre de 1992